Con la Lupa sobre la carta (12)

"¡Va de flamenco!"
Un análisis de ©JA Herraiz

En estas fechas avanzadas de abril de 2020, donde la noticia debería ser el buen tiempo de primavera y la vuelta a las actividades al aire libre, toda España sigue confinada en sus casas a la espera del fin del estado de alarma debido a la pandemia originada por el COVID-19. ¡El dichoso coronavirus! A pesar de que nos ha arruinado ya demasiadas cosas, aún somos capaces de sacar fuerzas de flaqueza para mostrar algo de alegría, aunque sea con un inevitable poso de amargura. Por voluntad que no quede. Por ejemplo, imaginemos que ahora, la bella ciudad de Sevilla estaría inmersa en los preparativos del inicio de su Feria de Abril, con sus caballos, sus típicas casetas… y su flamenco.

Y es que de baile flamenco (en su más alta expresión) va la pieza elegida para ilustrar este artículo (figura 1). Se trata de una carta certificada en Madrid el 30 de noviembre de 1964 y remitida por vía aérea a la localidad de Castagnola (Suiza). El importe total de los sellos utilizados ascendió a 20 pesetas, mediante cuatro valores de 5 pesetas de la emisión dedicada a la Exposición Universal de Nueva York emitida ese mismo año y que muestra a una bailaora en plena actuación junto a un guitarrista de fondo. En la parte inferior izquierda del sello aparece la leyenda “BAILE ESPAÑOL”, aunque en el momento de la emisión a casi nadie le pasó por alto que la imagen representada en la calcografía no era otra que la de la célebre Carmen Amaya, fallecida el año anterior.  
Figura 1
Por los sellos que la ilustran, la pieza podría estar en cualquier colección temática dedicada a la danza o al folklore, sin perjuicio de otras más especializadas como el propio flamenco. A falta de un matasellos temático alusivo, o a pesar de que el sello fuese emitido para conmemorar una exposición fuera de España y no como un homenaje expreso a la artista fallecida, la pieza no deja de irradiar una gran fuerza, la misma que hizo universalmente famosa a su protagonista. Dicha fuerza debe ser complementada con una buena dosis de conocimiento a la hora de integrarla en la colección, sabiendo el porqué de ese importe de 20 pesetas. Vamos con ello.

En 1961, la tarifa en vigor para las cartas de España al extranjero (países no sujetos a tratados especiales) era la fijada por el Decreto 682/1959 de 29 de abril, publicado por el Boletín Oficial del Estado ese mismo día y con efectos desde el 11 de mayo. Según su artículo décimo, el franqueo de las cartas sencillas era de 5 pesetas para los primeros 20 gramos y 3 pesetas las fracciones siguientes del mismo peso. El derecho de certificado quedó establecido en 6 pesetas (artículo decimoprimero).

En lo que se refiere a los sobreportes aéreos de cartas y tarjetas postales (artículo decimosegundo, párrafo cuatro) eran de 1 peseta por cada 5 gramos para todos los países de Europa (excepto Gibraltar y Portugal sin sus islas Azores) Argelia, Turquía y Túnez, advirtiendo que:
La Dirección General podrá autorizar el transporte aéreo sin sobretasa en la forma y extensión que para caso determine de las cartas y tarjetas postales en su primer porte aéreo y para los destinos señalados en los párrafos uno, dos, tres y cuatro de este artículo. 
En consecuencia, fue por disposición posterior publicada en el Boletín Oficial de Correos de 2 de mayo de 1959, donde se estableció que las cartas y tarjetas postales dirigidas por vía aérea a los países europeos (menos Gibraltar y Portugal) Argelia, Túnez y Turquía que no excedieran de 5 gramos quedarían exentas de sobreporte. Para las cartas de mayor peso y aunque no se decía expresamente, el sobreporte de una peseta por cada 5 gramos debería computarse desde la primera fracción, como era costumbre.

Con todos estos datos y volviendo a nuestra pieza, las 20 pesetas se descomponen del modo siguiente:

  • Franqueo de los primeros 20 gramos: 5 pesetas.
  • Franqueo de los 20 gramos siguientes o fracción: 3 pesetas.
  • Derecho de certificado: 6 pesetas.
  • Sobreporte aéreo: 6 pesetas para un peso de hasta 30 gramos (6 portes de 1 peseta por cada 5 gramos).
  • Total: 5 + 3 + 6 + 6 = 20 pesetas, de lo que se deduce que la carta no pudo pesar más de los 30 gramos que cubrió el sobreporte.

Para hacernos una idea de la utilidad de un sello de 5 pesetas en 1964, su misión más habitual sería el franqueo de una carta sencilla al extranjero (hasta 20 gramos) por vía de superficie o bien para un país europeo por vía aérea con un peso máximo de 5 gramos. Sin ser una rareza, una combinación de cuatro sellos de 5 pesetas no deja de tener su atractivo.

Finalmente, volviendo a nuestra colección y a la hora de realizar el montaje, un posible texto temático de la pieza podría ser este:
La célebre artista Carmen Amaya, ejecutando un baile flamenco acompañada a la guitarra.
Si además quisiéramos añadir una descripción con datos postales, el texto filatélico (inevitablemente más largo) podría ser el siguiente:
Carta certificada el 30 de noviembre de 1964 circulada por vía aérea de Madrid a Castagnola (Suiza). Importe de los sellos 20 ptas.: 8 ptas. de franqueo (5 ptas. los primeros 20 gramos, 3 ptas. los siguientes 20 gramos o fracción); 6 ptas. de derecho de certificado y 6 ptas. de sobreporte aéreo hasta 30 gramos (1 peseta por cada 5 gramos o fracción). Tarifa en vigor desde el 11 de mayo de 1959.

NOTAS
  • El número citado del Boletín Oficial del Estado puede consultarse en el sitio web www.boe.es, secciones “Legislación” y “Gazeta Histórica”.
  • El número citado del Diario Oficial de Correos, está disponible en la Biblioteca del Museo Postal y Telegráfico, Aravaca, Madrid.
  • La carta es de la colección del autor. 
  • José Antonio Herráiz es miembro de la Asociación Filatélica Zaragozana y de la Real Academia Hispánica de Filatelia e Historia Postal.

2 comentarios:

miguel dijo...

Un artículo muy didáctico y ameno. Muchísimas gracias, José Antonio.

Paco Piniella dijo...

Fantástica la investigación !!