Artículo de ©Luis Fernando Díaz
LOS FRANQUEOS PAGADOS, CUANDO CUMPLEN CON LAS REGLAS FIP
PARA EXHIBICIÓN, SON OBJETOS LEGÍTIMOS DE EXHIBICIÓN.
En mi artículo anterior, que abordaba, precisamente, “una perspectiva desde el uso”, quise acentuar y delimitar este atributo del objeto bajo estudio. El centro del argumento es:
- que los PP o FP no son enteros postales,
- que, dentro de su diversidad, hay muchos que califican como border line, cuyo empleo debe hacerse con prudencia y,
- que algunos poseen ciertas características postales que invitan a profundizar en el estudio y a incluirlos, con toda propiedad, por sí mismos.
A manera de resumen: no los patrocino porque los uso,
los uso por su valor temático y postal
Sobre esas afirmaciones, he recibido, entre otras, opiniones de Bernard Jimenez, Roberto Néstor Cravero, Raudel Busto, Estanislao Pan de Alfaro y José Raúl Lorenzo, además de las publicadas en el blog.
Bernard y Estanislao coinciden en que no son enteros y que el aspecto crítico es la aprobación, por parte del organismo postal. Esto reafirma la división en tres grupos. Estanislao sostiene que la naturaleza genérica de la autorización los deslinda como border line; si bien, defiende su uso en una cantidad equilibrada dentro de la colección. Muy similar es el argumento de Paco Piniella en su comentario (26/1/18) y en su artículo "¡A ver si nos aclaramos... con los Franqueos Pagados!" Por la claridad, reitero la síntesis de su argumento: no los considera enteros y sigue denominándolos “una especie de entero postal privado”.
En cambio, Raudel Busto los considera un tipo de enteros postales (análogo a los aerogramas) y José Raúl los juzga enteros postales por derecho propio, pues, dice, “cumplen la definición expresada por la FIP en su Reglamento”.
Roberto Cravero, nuestro jefe de la Temática Latinoamericana (FIAF) los llama también enteros y dice que corresponde a la FIP incluirlos en la categoría o “abrir una nueva para que no se consideren como border line o sean mal vistos en las colecciones temáticas”.
Contrario a los anteriores, Mario Ramírez dice que no tienen validez y que, de acuerdo con las actuales reglas FIP, las ilustraciones de los PP no pueden ser incluidas en las colecciones de competencia FIP. Agrega que se usan especulativamente, por tolerancia, pues no son elementos raros ni border line (10/3/18).
En este comentario intento contemplar, de manera coherente, los aportes de los colegas y espero contestar, con base en las disposiciones de la FIP, sobre los aspectos de propiedad y pertinencia.
La normativa que rige el coleccionismo temático en el ámbito mundial (FIP) se compone del Reglamento Especial (SREV) para la Evaluación de las Colecciones Temáticas en las Exposiciones F.I.P. y de las Directrices para la Evaluación de las Participaciones Temáticas (más allá de las normas inclusivas que se encuentran en los Reglamentos Generales -GREV, GREX-). Se podría asumir que los rangos de aplicación son diferentes. que el Reglamento poseería estricto carácter normativo y que las Directrices tendrían, más que todo, carácter indicativo. Esa parecía la intención en el origen; pero, en la práctica, se ha comprobado que los coleccionistas, al momento de preparar sus exhibiciones, y los jueces, en ocasión de evaluarlas, recurren a las Directrices con un rango imperativo similar al del Reglamento.
Por eso, en este comentario, trataré la reglamentación como si fuera una sola.
La segunda reserva que me impongo es la consideración y el análisis de la regla como un factor facilitador, propiciador y estimulante de la investigación y del florecimiento de nuestra afición. Procuraré analizar aquellas normas que se relacionen con el material; si bien, enfatizaré en su contenido e interpretación positivas y no en lo opuesto: si la alternativa redunda en proscripción o exclusión de efectos postales.
- Amplitud y diversidad del material de conformidad con la norma
La primera mención relevante aparece en el artículo 3.1, sección 3.1.1 del Reglamento (Material filatélico apropiado) “Una participación temática utiliza la más amplia gama posible de tipos de material filatélico postal apropiado”, de la cual no resisto destacar el calificativo “la más amplia gama”, porque ese es, en efecto, el énfasis con que procuro construir mis colecciones: la diversidad absoluta del material admisible. Y, entonces, busco y estudio tipos de materiales, variaciones y tendencias postales locales y predominantes por cortos periodos, y hay ocasiones en que me he visto retribuido con notables hallazgos, algunos ahora más debatidos y mejor estudiados.
En las Directrices (3.1) se amplían estos conceptos: en general, se admite como material postal-filatélico apropiado, en lo que nos atañe, aquel usado con el propósito de transmitir correo u otras comunicaciones postales, o ha sido considerado válido para ello por organizaciones postales Se identifica por: “- indicadores de privilegios postales”, … “marcas suplementarias … y marcas de cualquier forma de automatización postal, etc.”, o, también por “el servicio de pago postal”.
En esta misma sección se enumera el “material no apropiado”. Dentro de ellos no se incluyen los FP o PP; aunque se explicita la prohibición de los repiquages y de las tarjetas postales ilustradas. La cautela no está de más: esos dos tipos de material, a veces se parecen a los FP y, en ocasiones, usan recursos gráficos y otros, como la indicia, que pueden llevarnos a confusión.
La caracterización del “material límite” –que introducen, de inmediato, las Directrices– es una extraordinaria licencia para innovar y construir colecciones con materiales ricos, expresivos, propios de culturas nacionales o regionales. Sin embargo, la regla expresa la misma cautela que ha impregnado nuestros comentarios tanto como el uso, siempre es conveniente recurrir a la pieza más rara, la que mejor exprese el mensaje temático, la que cuente con la mayor riqueza postal, la más limpia, la que no sea “de favor”, la más antigua y, quizás, la más cara, ojalá todo al mismo tiempo.
Expresan las Directrices: “La variedad de servicios y reglamentos postales en diferentes países y su evolución con el paso del tiempo, hacen imposible publicar una lista con todos los casos posibles. Algunas piezas cumplen las definiciones de material apropiado o no apropiado sólo hasta cierto punto; por lo tanto, deben usarse, sobre todo, cuando no haya otro material para describir un detalle temático específico.”
Piezas pertenecientes a la cultura filatélica específica de un tema, un país o una región, pueden tolerarse en una participación… Todos los usos deben “estar soportados por una completa justificación filatélica…” “y su número [debe ser] proporcional al grado de elaboración de la participación.”
- Información temática
La sección 3.2.2 del Reglamento dice “… solo utiliza información temática, postalmente autorizada, disponible de: - El propósito de la emisión o el uso de la pieza. - Los elementos primarios y secundarios del dibujo de la pieza, y - Otras características postales.” En el caso de numerosos PP en mis colecciones, dichas condiciones se cumplen, a menudo, todas. El problema (aparente) subsiste con la condición previa “información postalmente autorizada”; y no se trata de que carezcan de ella, sino que, por norma, dicha aprobación o licencia es de carácter general (plazos, tamaño y naturaleza del contenido -no los detalles-).En las Directrices (3.1) se reitera “la información temática puede derivarse de… funciones del servicio postal que tengan una significación temática … aprobada por el servicio postal.”Una vez analizados en profundidad otros elementos, como los matasellos, agrega: “Los datos del remitente y los del destinatario no suponen una información significativa salvo que el documento muestre un privilegio postal (franquicia o tarifa reducida) … La indicación de franqueo reducido (o exento), las marcas de servicio u otras indicaciones referentes al servicio postal, suministran evidencia suficiente”.Y sigue, casi como reconocimiento póstumo a Hernán Seijas, “… los datos del remitente y/o destinatario pueden ser interesantes como información temática complementaria, en combinación con los elementos postales del documento.”Las Directrices, muchas veces, junto a las restricciones, establece las salvedades y las autorizaciones para el uso en las colecciones, como veremos a continuación.“La información obtenida de viñetas, marcas y sobreimpresiones decorativas de origen privado (no autorizadas postalmente), no deben utilizarse en el desarrollo temático. En casos excepcionales, cuando no existe otro material, estas piezas pueden considerarse como parte del documento siempre que sean importantes para describir una ruta postal específica o presenten una significativa conexión temática”.Por ende, pareciera que con esta disposición se acaban las vacilaciones. Es taxativa sobre lo prohibido; pero, de inmediato, genera la apertura: en ausencia de información, los complementos privados pueden considerarse parte del documento.
- Innovación ¿en serio?
En 3.2.3 el Reglamento dispone sobre la innovación y, en lo que interesa “…se apreciará por… nueva aplicación del material”. Aunque echo de menos en esta categoría la consideración del descubrimiento justificado de nuevos materiales, cabe suponer que los PP en nuestras colecciones resultan del empuje, más amplio y general, de la visión futurista y original de las colecciones.Tampoco abundan las Directrices (3.2.3) y claro, no es de extrañar, puesto que ese es, ha sido, desde su adopción, el aspecto más débil de la evaluación de las colecciones temáticas. Fue un artificio y sigue siéndolo; aunque, tampoco cabe duda que, cuando se revise y se enriquezca, serán este tipo de temas (PP y FP como exponentes de las nuevas tendencias postales) los que harán abrir los ojos y reclamarán por su inclusión explícita.El artículo 4.2, sección 4.2.1, sobre la evaluación del conocimiento temático y su relación con el estudio personal y la investigación, nos recuerda, sin más, “el correcto uso temático del material”. Y en 4.3, sobre “condición y rareza” considera tanto la calidad, como “la dificultad de adquisición del material seleccionado”. En las Directrices, en “3.2. Tratamiento temático”, agrega algo pertinente para nuestra línea de análisis: “… Un mejor conocimiento del material permite identificar nuevas piezas cuya inclusión a menudo hay que justificarla a través de nuevos estudios sobre el tema, que se traducirá en la consecución de un plan más elaborado”.Identificar nuevas piezas, justificar con nuevos estudios sobre el tema. De eso si trata la innovación, en serio.Sobre todos estos aspectos he enfatizado al describir las características de los PP utilizados; una vez establecido su valor como especímenes postales, es imperativo (al tiempo que gratificante) comprobar su idoneidad temática, su pertinencia, su escasez y su rareza
- Según las reglas, los FP son objeto legítimo de la temática
Algo más aportan las Directrices en “3.3. Cualificación del material filatélico” al afirmar “Es correcto el empleo de sellos y documentos modernos y muy comunes si son los que mejor representan detalles temáticos importantes”. Y, coincidentemente, al establecer criterios sobre el estudio filatélico (en 4.2.2) afirman que la investigación y el estudio filatélico “se demuestra por la presencia de… material que no ha sido todavía investigado para ese tema, o sobre el que ha habido muy poca investigación.Reitero, no cabe dudar más: los FP son objeto legítimo de la temática (si tienen significativo valor postal). Estas son las reglas, y los ejemplos que he exhibido en ámbitos diversos muestran su aplicación coherente, sin estirar su interpretación más allá de conveniente.
Buenas tardes Sr. Luis, he iniciado mi colección temática y en ocasiones mi postura es muy parecida a la de Marcela (en artículos publicados por ella), he leído por el momento 3 veces su artículo, y la conclusión no es: ..."no cabe dudar más: los FP son objeto legítimo de la temática (si tienen significativo valor postal)"... pero en el artículo no menciona cuales son ellos, lo que puede verse, es que dejo muy aclaró que ..."no los patrocina porque los usa"... y paso en otras palabras a: "LOS USO PORQUE LO DICEN ELLOS Y EL REGLAMENTO" pero no hay pieza de análisis, ni justificación o sustento para ellas, ¿Por qué? Puedo entender que no justifica ninguna pieza ni hace el análisis público porque... ¿podría su trabajo? o ¿tendría que sacar las piezas de su trabajo?.
ResponderEliminarHe asistido a algunas charlas de temática que lleva a cabo el Delegado Temático en México, Mario Ramírez y el se inclina mucho a demostrar, una de sus frases es: ..."debemos tener una temática sin secretos, donde el juego sea justo para todos"... podría ayudarnos usted, a los que iniciamos, indicándonos ¿Cuales son los elementos de importancia o valor postal para incluir la publicidad privada de los FP en nuestras colecciones temáticas?. Seria de gran ayuda, de antemano gracias.
Estimado colega GAB
ResponderEliminarEn estos días he tenido la suerte de contar con el tiempo para escribir un poco sobre este tema en particular. Y todavía ha sido mayor esta suerte, cuando, gracias a la gentileza del amigo Paco Piniella, en este mismo blog se publicaron hace pocos días, un primer artículo surgido como comentario, especialmente, a los aportes de Jesús González Herrera, "Consideraciones acerca de las cartas con marca de Franqueo Pagado" y del mismo Paco "¡A ver si nos aclaramos... con los Franqueos Pagados!", y, también, una de mis colecciones de competencia “El Café Embajador de América” que gracias a la consideración de los jueces es orgullosa portadora de una medalla de Oro FIP (y otras).
En todos esos abunda la demostración que ahora parece escasa.
Los enlaces son los siguientes:
http://filatelia-tematica.blogspot.com/2018/03/la-naturaleza-de-los-franqueos-pagados.html#more
http://filatelia-tematica.blogspot.com/2018/03/el-cafe-ese-balsamo-para-el-corazon-y.html
En ellas podrá Ud. ver, en abundancia, como utilizo los recursos que la regla nos autoriza, como explico en este otro artículo.
Tal vez convenga que, además, le cuente que, en muchos foros, seminarios FIP, Comisión FIP de Temática y Congresos Latinoamericanos FIAF de Temática, hemos discutido extensamente este y otros asuntos. El Congreso en San José no profundizó en ellos, su foco era otro, pero, el de Quito se centró, mayoritariamente, en el tema de los materiales. Las discusiones frente a los marcos siempre fueron un complemento indispensable.
Atentamente
Luis Fernando Díaz
Soy partidario de su utilización en temática y los considero como sobres entero postales, pero a parte de como los queramos denominar son piezas filatélicas, tienen autorización de correos y cumplen con su objetivo, transmitir un mensaje.
ResponderEliminarMuchas gracias por el esfuerzo en debatir y compartir el conocimiento.
ResponderEliminarSólo dos reflexiones. Una ya la hice en los comentarios del artículo de Mario. Quizas habría que actualizar las directrices del reglamento para desambiguar éste y otros temas.
Y ahora la reflexión temática. Los franqueos mecánicos representaron una simplificación del proceso postal para las empresas. Aprovecharon el formato que les brindaron las administraciones para modificarlos, previa autorización, para realizar acciones publicitarias y comerciales que redundaron en su imagen. Y los temáticos los utilizamos sin restricción. En el caso que nos ocupa, estamos en el mismo caso. La administración brinda a las empresas un nuevo formato de corresponedencia, una especie de enteropostal, donde a la empresa se la habilita para rediseñar (como sucediera con los franqueos) como considere oportuno para reforzar su imagen de marca o realizar alguna acción comercial o publicitaria en concreto. Y digo yo que el diseño final será con la autorización de la administración postal ... vaya que no me imagino un FP o PP de la revista Men Health circulando impunemente con el cuerpo desnudo de Mister Universo.
Y es con este sencillo argumento que estaría de acuerdo con los defensores de los PP, aunque con la moderación requerida para todo el material moderno y salvo que un aspecto no pueda abordarse de otro modo.
Ratificar mi gratitud a todas las aportaciones en éste y otros artículos de la serie.
Re
Estimado Luis Fernando, de manera personal agradezco este debate que ha sido muy extenso y estoy seguro puede dar paso a un cambio en el SREV de la Temática.
ResponderEliminarDurante el último seminario en Brasilia, donde estuve presente, se platicó abiertamente con Lagë y Suhadolc; ¿como considerar la calificación de este tipo de materiales? y la respuesta fue: "Tolerancia" si bien no darán puntos, tampoco afectarán el esfuerzo de los participantes por desarrollar en 5 u 8 marcos un tema.
Es cierto que utilizas materiales que la regla no autoriza, pero mejor platicamos ¿¿cuántos puntos te dieron por ellos?? tu trabajo es excelente, Yo he tenido el gusto de verlos personalmente. Y me toco practicar la calificación con tu colección de Tabaco en Brasilia y tu como juez debes saber que la calificación no es pieza por pieza, es un conjunto.
Y hasta el momento creo que no se ha dicho nada de ¿cómo se justifica su uso?, ¿que se estudia de esta pieza?, porque todos los materiales están sujetos al estudio, inclusive en la temática, pues temática no solo es el cumulo de imágenes, que es donde está terminando la inclusión del FP.
Quedo atento a tu respuesta, de antemano muchas gracias!!!
Muchas gracias, Mario, por el comentario amable y constructivo
ResponderEliminarLa respuesta siempre se hace larga.
Y estas preguntas suyas: ¿cómo se justifica su uso?, ¿que se estudia de esta pieza?,
no solo son difíciles, sino que requieren ver y analizar casos concretos.
No se si este es otro articulito y tampoco se si mandárselo a Paco, todavía.
Pero se lo adjunto por correo como archivo en word, puede usarse y enriquecerse.
Salud
Luis Fernando Díaz
Saludos Luis Fernando, ¡¡sería bueno que se hiciera otro artículo y se compartiera en la Lupa!! todo lo que se pueda compartir es de gran ayuda a las generaciones que vienen y a mi me queda claro que es "ahora o nunca" pues es cuando la filatelia más lo necesita.
ResponderEliminarMuchas gracias por tus comentarios y aportaciones, recibe un cordial saludo desde México.
Mario Ramírez Bahena.
Hola Luís,
ResponderEliminar¿Cuál es tu opinión sobre el uso de estos nuevos sobres de Servicio de Filatelia Española(SF)?
http://laudes.afinet.org/EnviosSF.html
Para ti como los clasificar, enteros postales?
Gracias,
Manuel
Salud Manuel P.
ResponderEliminarGracias por la referencia y la pregunta
He revisado con minuciosidad la página de Francisco M. Querol P. sobre los enteros postales para envíos oficiales de España. Más superficial, en parte porque el contenido no se encuentra acabado, miré también la segunda sección, que el autor denomina ¿y los sellos?
Mis conclusiones sobre esos llamados “enteros” es que si son enteros postales de conformidad con las reglas establecidas por la FIP. En consecuencia:
1. Son coleccionables. Son coleccionables en sí mismos y como parte de otra especialidad. Además, son producidos y emitidos oficialmente por el Correo con la intención de trasladar objetos postales.
2. Una colección de ellos, solitos, no tiene por qué ser muy cara y si muy atractiva. Parece que fácil hay material para 8 marcos. Tenerlos todos usados, sin que sean de un mismo suscriptor, ha de ser un reto.
3. Es posible que los jurados FIP no la favorezcan mucho. Aún en “filatelia moderna”, parece “demasiado moderna”.
4. Es viable su uso en temática. Hay numerosos aspectos temáticos ricos que pueden ilustrar. Es recomendable evitar el abuso. La colección de bicicletas “debería” tener uno, la de monedas y la de perros (1992), igual; la de madonas no puede eludir el espécimen de gran calidad que se incluye (2017, aunque el de 2010 es muy sugerente).
5. No creo que en estado nuevo sean mejores para la temática. Pienso que serían mejor con circulaciones complejas, matasellos y marcas. Su paso por correos es la mejor prueba de su naturaleza y su valor postal.
6. No he encontrado nada extraordinario para mis colecciones. Tal vez las “pipas” del 2015, pero el sobre es demasiado grande y la imagen puede ser hallada en objetos de mejor abolengo.
Con todo aprecio,
Luis Fernando Díaz